CAPÍTULO ÚNICO
Definiciones
Art. 9.- Las definiciones y conceptos básicos necesarios para la comprensión y aplicación de las regulaciones de la presente ordenanza, son las siguientes:
Acera: Sección de la vía pública diseñada y designada para la circulación peatonal.
Arriate: Es la parte acotada de un jardín, es una barrera protectora entre el acceso peatonal y la vía vehicular que se utiliza para fines ornamentales y de arborización y que forma parte del paisaje urbano.
Área Publicitaria: Es el espacio donde se exhibe o proyecta un mensaje publicitario directo o inducido para la información o comercialización de bienes y servicios.
Autorización: Documento emitido por el Alcalde o funcionario Delegado para la instalación de publicidad que no persigue la venta de productos y/o servicios o que persiguiéndolos no excedan las medidas establecidas en el artículo 6 literal f) de esta ordenanza, en lugares determinados por la misma.
Azotea: Última losa sin techar de un edificio de varios niveles de altura.
Calificación de Lugar: Resolución de la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador en el que se señalan los requerimientos para el asentamiento de los usos señalados como condicionados en la matriz de usos de suelo del Plan de Zonificación del Municipio para una parcela.
Cara: Es la parte del rótulo sobre la cual se coloca o se pinta el anuncio publicitario o la propaganda que es visible.
Cordón: Borde de concreto, piedra o ladrillo que delimita el ancho de rodaje de una vía pública.
Derecho de Vía: El área destinada al uso de una vía pública a partir de la zona de verja comprendida por acera, arriate, rodaje en ambos lados de la vía que incluye la zona de retiro si existiere en el derecho de vía.
Espacio Privado: Inmueble propiedad de particulares que se delimita con la línea de propiedad.
Espacio Público: Es la red de espacios conformada por el conjunto de espacios abiertos de dominio público y uso social, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación, a la satisfacción de necesidades colectivas de la población.
Estructura de Doble Cara: Medio publicitario que consiste de dos mensajes cuyas caras están orientadas en direcciones opuestas.
Estructura Doble: Medio publicitario instalado uno sobre el otro, en la misma estructura y con las mismas dimensiones, pudiendo ser éstos de doble cara.
Estructura Publicitaria: Elemento de soporte que se utiliza para instalar publicidad en espacio público o privado.
Licencia: Documento donde consta la autorización para trabajar en la instalación de rótulos, la cual tiene una vigencia de un año fiscal, previo pago de la tasa correspondiente.
Línea de Construcción: Resolución de la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador por medio del cual se señalan los derechos de vía del sistema vial a una parcela.
Límite de Propiedad: Lindero que limita el derecho de propiedad sobre un terreno.
Matriz de Usos del Suelo: Instrumento técnico derivado del Plano de Zonificación de Usos del Suelo, en la cual se efectúan cruces de los diferentes usos del sucio por compatibilidad o incompatibilidad para deducir el uso más frecuente y más aceptable del suelo en determinada zona o región.
Manta Publicitaria: Rótulo publicitario elaborado en tela, vinil, manta u otro material flexible, que es utilizada por un período limitado y en dimensiones definidas, para anunciar un evento público, ventas y ofertas.
Mobiliario Urbano: Es un bien mueble que ocupa un espacio público, con publicidad o sin ella, de carácter público o privado, que es complementario a la infraestructura municipal, tienen un fin social y de servicio público, además de reforzar la imagen de la ciudad.
Pancarta o Banner: Cartel de gran longitud, impreso en material flexible.
Pantalla Electrónica: Es aquel rótulo que su leyenda es móvil y funciona a través de una programación de tiempo.
Pasarela: Paso o puente construido para la circulación peatonal ya sea para librar obstáculos naturales como ríos, quebradas o desniveles del terreno, o arterias vehiculares.
Permiso para Instalar Rótulos: Resolución emitido por el Alcalde o Funcionario Delegado que permite instalar rótulos en el lugar determinado según las especificaciones técnicas establecidas en esta ordenanza, previo pago de la tasa correspondiente.
Permiso de Construcción: Resolución de la Oficina de Planificación del Área Metropolitana que se concede al constructor para ejecutar una obra de construcción previa presentación del proyecto, con todos sus diseños y memorias debidamente selladas y firmadas por los profesionales responsables.
Predio: Inmueble que no posee construcción.
Publicidad: Es toda acción encaminada a llamar la atención del público para difundir algo o promover la venta de productos y servicios. Cualquier conjunto de medios que se utilizan para divulgar o extender la noticia de las cosas o los hechos, actividad tendiente a influir sobre el consumidor y a inducirle a adquirir determinados productos o servicios.
Publicidad Directa: Publicidad que se percibe a través de una leyenda, figura y otros.
Publicidad Inducida: Publicidad que se percibe a través de elementos, figuras y otros, de forma caprichosa características de un bien o servicio sin contener una leyenda.
Rótulo: Todo letrero, leyenda o mensaje con el que se avisa o se anuncia algo de forma inducida o directa, con iluminación interior o exterior y en su forma puede ser plana o volumétrica.
Rótulo a nivel de piso: Aquel cuya publicidad es de tipo plana y está instalada desde el piso.
Rótulo Adosado: Es aquel que va adherido o sujeto a una superficie rígida.
Rótulo Combinado o con volumen proyectado: Aquel instalado sobre una cartelera combinándose éste con formas volumétricas, y que forma un solo rótulo.
Rótulo Comercial: Es el distintivo de un local, empresa o comercio.
Rótulo con proyección óptica: Aquel que puede ser proyectado a través de mecanismos electrónicos o eléctricos.
Rótulo en mobiliario urbano: Es la publicidad plana que forma parte de la cabina telefónica, pasarela, banca, basureros y similares.
Rótulo en tres dimensiones o volumétrico: Aquel instalado sobre una estructura, que simula una forma o figura real, y que puede ser apreciado desde todos sus ángulos.
Rótulo pintado: Aquel pintado sobre cualquier superficie.
Rótulo Publicitario: Anuncia productos o servicios.
Rótulo Multifacético: Aquel que funciona con sistema de animación electrónica y que presenta continuamente uno o diferentes mensajes publicitarios.
Rótulo Saliente: Aquel instalado perpendicular a una superficie rígida y que se proyecta al espacio público.
Rótulo temporal: Todo rótulo que por sus características no requiere de una exhibición prolongada y por lo tanto su permiso tiene una vigencia que no excede a 30 días.
Valla: Toda estructura o armazón que contiene un rótulo con publicidad o sin ella.
Vías de Circulación mayor: Son aquellas vías de circulación de tránsito permanente cuyo ancho de rodaje es mayor a 18.00 metros.
Vías de Circulación Menor: Son aquellas vías de circulación de tránsito permanente cuyo ancho de rodaje es menor a 18.00 metros.
Vía pública: Es el área colectiva destinada para uso de la circulación peatonal y vehicular.
Zona de Retiro: Es la destinada a ornamentación, visibilidad y futura ampliación de las vías de circulación, en la cual no se permitirá ningún tipo de construcción. Las construcciones destinadas a la industria, al comercio y los servicios, así como los edificios habitacionales de apartamentos, podrán utilizar la zona de retiro para estacionamiento vehicular, siempre que no forme parte de la norma exigida.